2.3. RESPONSABILIDAD DEL OPERADOR
OPERADOR
El operador es la persona que opera el aparato con fi nes comerciales o económicos, o cede a un tercero el
uso y asume durante el funcionamiento la responsabilidad legal productiva para la protección del usuario,
del personal o terceros.
OBLIGACIONES DEL OPERADOR
El aparato se utiliza en entornos comerciales. El operador del aparato está sujeto, por tanto, a las obliga-
ciones legales sobre seguridad laboral.
Además de las indicaciones de seguridad de este manual se deben respetar las disposiciones de seguridad,
prevención de accidentes y protección medioambiental del ámbito de uso del aparato.
ES DE APLICACIÓN, EN PARTICULAR, LO SIGUIENTE:
•
El operador debe informarse acerca de las disposiciones de protección laboral aplicables y determinar
por medio de una valoración de peligros los peligros adicionales que puedan derivarse de las condi-
ciones laborales particulares del lugar de uso del aparato. Estos se deben implementar en forma de
instrucciones operativas para el funcionamiento del aparato.
•
Mientras se use el aparato, el operador debe comprobar si las instrucciones operativas que ha elaborado
se corresponden con la versión actual de normas y, en caso necesario, adaptarlas.
•
El operador debe regular y fi jar las responsabilidades para la instalación, la operación, la solución de
averías, el mantenimiento y la limpieza de forma clara.
•
El operador debe garantizar que todas las personas que manipulen en aparato hayan leído y comprendido
las instrucciones. Además, debe instruir al personal con regularidad e informarlo acerca de los peligros.
•
El operador debe facilitar al personal el equipo de protección necesario e indicar de forma vinculante
llevar dicho equipo.
Además, el operador es responsable de que se garantice en todo momento la plena fi abilidad técnica del
sistema.
POR LO TANTO, SE APLICA LO SIGUIENTE:
•
El operador debe garantizar el cumplimiento de los intervalos de mantenimiento especifi cados en este
manual.
•
El operador debe asegurarse de que todos los dispositivos de seguridad se comprueban regularmente
para comprobar su fi abilidad funcional y su integridad.
2.4. REQUISITOS DEL PERSONAL
2.4.1. CUALIFICACIONES
Las distintas tareas descritas en este manual representan diversas exigencias en lo que a la cualifi cación del
personal encargado con estas tareas se refi ere.
¡ADVERTENCIA!
•
Peligro por cualifi cación insufi ciente del personal
•
Las personas con una cualifi cación insufi ciente no pueden estimar los riesgos relacionados con la ma-
nipulación del aparato y pueden exponerse a sí mismos y a terceros a lesiones graves o mortales.
•
Por ese motivo, todos los trabajos deben ser realizados únicamente por personal cualifi cado
•
No deje que las personas sin cualifi cación se acerquen a la zona de trabajo.
No importa para qué trabajo: solo están permitidas las personas de las que se prevé sean capaces de re-
alizarlo de forma fi able. No están autorizadas las personas cuya capacidad de reacción esté afectada por, p.
ej., drogas, alcohol o medicamentos.
En este manual se mencionan las cualifi caciones siguientes de las personas para las distintas tareas:
INGENIERO DE TECNOLOGÍA DE TRATAMIENTO DE GAS
Cuenta con formación especializada, las habilidades, la experiencia y los conocimientos relativos a las nor-
mas y directrices para trabajar en sistemas de regulación de presión y detectar posibles riesgos. Los ing-
enieros de tecnología de tratamiento de gas están especialmente formados en el tipo de naves de produc-
ción en cuestión y los estándares y directivas concretos.
TÉCNICO
Cuenta con formación especializada, las habilidades y la experiencia relativas a las normas y directrices para
trabajar en sistemas de regulación de presión y detectar posibles riesgos.
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